Todo empezó hace unos años en el 2012 cuando el empresario Carlos Moreira comenzó los trámites para el registro de las algunas marcas como: Neymar, Neymar Fopotwear y NJR Neymar JR. En ese primer momento la EUIPO concedió el resgistro tras la espera de un año y no haber recibido oposición alguna. El registro se hizo para la clase 25 de la clasificación de Niza, calzado y textil.
Posteriormente el futbolista brasileño Neymar trató de registrar su propio nombre como marca y fue en ese instante cuando descubrió que ya existía un registro anterior. Por propia petición del jugador a través de sus abogados solicitó la denegación de la marca en el el año 2017, y le fue concedida por la EUIPO. Dicha denegación estaba fundamentada en la posible confusión que podía existir entre la marca ya registrada y el nombre del jugador.
Como era de esperar Carlos Moreira presentó un recurso ante dicha decisión y de nuevo la EUIPO falló en favor de Neymar. Ante esta situación en el año 2018, Moreira decidió acudir al TJUE. Ante dicho tribunal se argumenta como una: “infracción del artículo 8, apartado 2, del Reglamento 207/2009” que regula la marca comunitaria. Según dicho artículo es motivo de denegación la existencia de marcas anteriores, con una fecha de solicitud anterior a la marca denegada.
Se pone en tela de juicio si la marca Neymar se puede usar después de haber sido denegada por la UIPO a petición del futbolista. Quedamos a la espera del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para saber si finalmente Neymar podrá hacer uso de su nombre como marca comercial.