
La caducidad por falta de uso: ¿valen para evitarla los actos preparatorios?
El objetivo último del instituto de la caducidad de una marca por falta de uso responde a un principio más lógico que jurídico, pero lleno de pleno sentido.
No atiende a criterios de lógica el solicitar una marca, renovarla cada diez años indefinidamente en el tiempo, por periodos decenales sucesivos y conseguir “quitarla de en medio” en el mercado, de tal manera que la competencia nunca pueda...