La investigación de delitos menores podrá justificar el acceso a datos personales. De esta forma, las autoridades se servirán de estos datos si la injerencia no resulta de especial gravedad.
Hasta ahora lo más habitual había sido que las autoridades públicas manejaran datos personales en la investigación de delitos graves. Sin embargo, ante la información clave que aportan los dispositivos móviles, el acceso a datos personales estará validado en el avance de investigaciones de robo.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) recuerda la validez de la Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas. En ella, las autoridades públicas podrán acceder a datos personales almacenados por los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas incluso cuando un delito no revista gravedad.
El acceso a los datos personales supone una injerencia en los derechos fundamentales a la vida privada y a la protección de datos, según reconoce el tribunal. No obstante, considera que el menoscabo no resulta tan grave como para acotarlo a la investigación de delitos mayores.
Sentencia donde se aplica
A la Audiencia Provincial de Tarragona llegó el caso de un robo con violencia de una cartera y un teléfono móvil. En el proceso de acopio de pruebas, la Policía Judicial solicitó al Juzgado de Instrucción el acceso a datos personales de los usuarios de teléfono activados desde el teléfono robado. La petición de acceso solo se restringía a los doce días posteriores al delito.
La Audiencia Provincial de Tarragona consultó al TJUE si el nivel de gravedad del delito autorizaba la conservación y cesión de datos personales. La respuesta del tribunal europeo fue clara: el acceso a los datos personales no resultaba tan grave como para restringirlo a delitos de mayor pena.
Aunque los derechos fundamentales de los titulares de las tarjetas SIM activadas desde el teléfono sustraído se vulneren, la injerencia resulta oportuna para el curso de la investigación.
La Directiva no solo se cierne sobre el objetivo de prevención, investigación, descubrimiento y persecución de delitos graves, se puede extender a delitos en general, pero con la aplicación del principio de proporcionalidad siempre presente.
En la mayoría de delitos menores, el acceso a los datos personales es bastante acotado. El acceso limitado no permite extraer conclusiones precisas sobre la vida privada.
¿Qué datos se consideran personales?
El nombre y apellidos, el domicilio, la dirección de correo electrónico, el número de identificación nacional de identidad, los datos de localización extraídos de un teléfono móvil, los datos recopilados en un historial médico, el identificador de una cookie…
¿Qué datos quedan excluidos de ser datos personales?
Todos los datos que hayan sido anonimizados (como los datos de encuestas de opinión), la dirección de correo de empresa o el número de registro mercantil, entre otros.
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